(El presente artículo, convenientemente editado y ampliado, es una versión del publicado previamente en la revista digital Homonosapiens.)
Ya nos hemos acostumbrado, pero el primer hallazgo de este inmarchitable clásico que responde al nombre de Doce hombres sin piedad es la ingeniosa variación que propone con respecto al típico thriller judicial que tanta gloria ha procurado al cine estadounidense. Y es que, cuando lo habitual era centrar la trama en el match entre un noble e ingenioso abogado y un fiscal por lo común astuto y marrullero, cuyo objetivo común es persuadir con su actuación a los jurados, el autor de la original pieza televisiva, Reginald Rose, no le dedica el menor espacio a tan emblemáticas figuras para concedérselo, por entero, a esos doce ciudadanos en cuyo juicio descansará finalmente el veredicto de culpabilidad o inocencia. Por eso, la trama comienza cuando el juez —presidiendo el encuadre con el gesto entre serio y aburrido de quien ha pronunciado muchas veces esas palabras: del funcionario de la justicia— se dirige a los doce jurados para recordarles que la conclusión de su deliberación, al tratarse de un caso de pena capital, debe ser unánime y estar condicionada por la ausencia de la menor duda razonable. El jurado se levanta y entonces el encuadre cambia, para mostrar ahora su salida de la sala desde el punto de vista del acusado, sentado y con las manos unidas, quién sabe si por nerviosismo o porque está musitando una muda plegaria: de esos hombres depende su vida. Y para concluir este prólogo, el director le dedica ahora un plano en soledad, la soledad del acusado: y vemos que éste no es sino un muchacho de rasgos nada llamativos. En esos momentos, no es ni un culpable ni un inocente sino un hombre que afronta una espera. Una tensa espera.